Fecha de solicitud: 02/10/2020
Solicitante: Particular
Tipo de Información solicitada: Solicita saber si durante el corriente año se dictó alguna resolución tendiente a suspender transitoriamente la cobertura de vacantes permanentes y/o no permanentes que hubieran de producirse en dependencias del organismo durante la vigencia de la emergencia sanitaria y, en caso afirmativo, solicitar la remisión de dicha resolución, como de las sucesivas prórrogas a que hubiera habido lugar.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 09/10/2020
Respuesta: Se le hizo saber que no se registra resolución alguna de la naturaleza que refiere en su consulta.

 

Fecha de solicitud: 05/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Solicita un listado de todos los titulos, distintos a la carrera de abogacia, que se abonan en el Ministerio Público de la Defensa con los fundamentos para su pago y/o bonificacion.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 14/10/2020
Respuesta: Se le adjuntó el IF-2020-00030850-MPD-DGRH, aclarando que en el listado no constan las/os profesionales médicos/as, psicólogos/as, asistentes sociales y trabajadoras/es sociales, por corresponder un régimen reglamentario especial.

 

Fecha de solicitud: 05/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 572/20
Vía de comunicación utilizada: Telefónicamente
Plazo de respuesta: 05/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 572/20

 

Fecha de solicitud: 05/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 145/20
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 05/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 145/20

 

Fecha de solicitud: 06/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 390/19
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 07/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 390/19

 

Fecha de solicitud: 07/10/2020
Solicitante: Particular
Tipo de Información solicitada: Solicita información sobre designaciones realizadas a partir del Examen T.A. N° 110 de la Ciudad de Lomas de Zamora.
Vía de comunicación utilizada: Correo electrónico
Plazo de respuesta: 14/10/2020
Respuesta: Se hizo saber que, según lo informado por la Dirección General de Recursos Humanos del organismo, no se registran designaciones efectuadas a partir del Examen T.A. N° 110 del MPD de la ciudad de Lomas de Zamora.

 

Fecha de solicitud: 08/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 501/20
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 08/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 501/20

 

Fecha de solicitud: 08/10/2020
Solicitante: Particular
Tipo de Información solicitada: Solicita un listado de abogados que patrocinen gratuitamente casos penales, asesoramiento, denuncias y servicios jurídicos de patrocinio.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 14/10/2020
Respuesta: Se le solicitó mayores precisiones acerca de su pedido y se informó que este es un organismo que ejerce la defensa de personas imputadas en causas penales en los supuestos en que se requiera por delitos de competencia federal de todo el país y de competencia ordinaria de la justicia nacional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En los casos penales, si una persona se encuentra imputada por la comisión de un delito, y no ejerce su autodefensa o no designa abogado de confianza, interviene en su asistencia técnica un/a Defensor/a Público/a provisto por este Ministerio Público de la Defensa.
Por otro lado, contamos con el "Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos" cuyo objetivo central es el de garantizar el acceso igualitario y efectivo a la justicia y los derechos al asesoramiento, asistencia y representación de las víctimas de delitos especialmente graves, tal como lo recomiendan numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos y como lo disponen, en el ámbito interno, la Ley N° 27.149 "Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa" y la Ley N° 27.372 de "Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos".
La reglamentación, entre otros puntos, determina que la Defensora General evaluará cada solicitud teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica del MPD, considerando la limitación de los recursos económicos o vulnerabilidad de la persona peticionante, siempre que se trate de hechos de especial gravedad, ya que esta es la pauta establecida en la Ley N° 27.372 para admitir el patrocinio jurídico que debe ser ineludiblemente gratuito.
Los parámetros para evaluar las solicitudes de patrocinio jurídico gratuito son los siguientes:
(1) La persona damnificada debe requerir expresamente la actuación de la defensa pública. La solicitud de patrocinio debe ser presentada por la persona que se encuentra directamente afectada por el delito o por su cónyuge, conviviente, padres, madres, hijos/as, hermanos/as, tutoras/es o guardadoras/es en los delitos cuyo resultado sea la muerte de la persona o si el ofendido hubiere sufrido una afectación psíquica o física que le impida ejercer sus derechos.
(2) Los ingresos mensuales de la persona requirente no deben superar la suma de dos salarios mínimos vitales y móviles (vigentes al momento de evaluar la petición). Cuando los recursos económicos de la persona peticionante exceden estas pautas, solo se otorgará representación si se encuentra en una situación de vulnerabilidad y de imposibilidad de acceso a la justicia.
(3) Para determinar la especial gravedad del hecho investigado se considerará el bien jurídico afectado, la magnitud del daño causado, la complejidad en la investigación de los hechos, la existencia de patrones de impunidad, la intervención por acción u omisión de funcionarios estatales, la trascendencia institucional de los hechos denunciados, entre otros factores.
Por otro lado, es importante mencionar que el Programa cuenta con un cuerpo de abogadas y abogados que ejercen su actividad en el marco del MPD, labor que no se relaciona funcionalmente con la actividad que despliegan los/as distintos/as Defensores/as Públicos/as Oficiales en sus respectivas jurisdicciones, por lo que no existe la posibilidad de que el ejercicio de este rol genere intereses contrapuestos entre la acusación y la defensa.
Finalmente, se le hace saber que podrá acceder a los Informes Anuales que se presentan ante el Honorable Congreso de la Nación, donde se expone la labor llevada a cabo por las distintas dependencias del organismo durante el período anterior (a través del siguiente link https://www.mpd.gov.ar/index.php/institucional/informe-anual).
El día 6 de noviembre del 2020 se le informó que, habiendo transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde que se efectuó la consulta, se procedió al archivo del presente expediente; sin perjuicio de la posibilidad de realizar un nuevo pedido en el futuro (Conf. el Art. 6º, párrafos quinto y sexto, del Reglamento Interno para las solicitudes de AIP en el MPD, aprobado por Res. DGN N° 1423/2018)


Fecha de solicitud: 08/10/2020
Solicitante: Particular
Tipo de Información solicitada: Solicita información sobre el régimen de nombramientos en el Agrupamiento Técnico Jurídico.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 15/10/2020
Respuesta: Se hizo saber que, según lo informado por la Dirección General de Recursos Humanos del organismo, el Art. 22° del "Reglamento para el Ingreso de Personal al Ministerio Público de la Defensa de la Nación" -aprobado por Res. DGN N° 1124/15 y su modificatoria- exime, respecto de las designaciones para cubrir cargos permanentes o no permanentes dentro de la estructura central de la Defensoría General de la Nación, del requisito de seleccionar a la persona postulada de entre quienes se encuentren dentro de los veinte (20) primeros lugares de un orden de mérito, permitiendo que pueda ser designada/o cualquier postulante que haya aprobado algún Examen para el Agrupamiento Técnico Jurídico o un Concurso de Magistrados.

 

Fecha de solicitud: 09/10/2020
Solicitante: Asociación Civil
Tipo de Información solicitada: Solicita la Resolución DGN por la que se aprueba la solicitud del presupuesto 2021 de este organismo
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 16/10/2020
Respuesta: Se le suministró la información total del "Presupuesto Preliminar 2021" del organismo.

 

Fecha de solicitud: 10/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 501/20
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 13/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 501/20

 

Fecha de solicitud: 13/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Solicita información acerca de su ubicación actual en el orden de mérito de los Exámenes TJ Nros. 161 y 162.
Vía de comunicación utilizada: Correo electrónico
Plazo de respuesta: 23/10/2020
Respuesta: Se hizo saber que actualmente se encuentra en el orden de mérito Nº 15 del Examen T.J. Nº 161 del M.P.D. (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES – NO PENAL ORDINARIO) y en el orden de mérito Nº 12 del Examen T.J. Nº 162 del M.P.D. (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - NO PENAL FEDERAL).

 

Fecha de solicitud: 13/10/2020
Solicitante: Asociación Civil
Tipo de Información solicitada: Solicita saber la cantidad y distribución de causas.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 14/10/2020
Respuesta: Se le solicitó mayores precisiones acerca de su pedido y se hizo saber que en nuestro sitio web se encuentran publicados los Informes Anuales (https://www.mpd.gov.ar/index.php/institucional/informe-anual), que se presentan ante el Honorable Congreso de la Nación, donde se expone la labor llevada a cabo por las distintas dependencias del organismo durante el período anterior. Y, en el Anexo: Estadísticas de cada Informe, podrá encontrar un análisis cuantitativo de las personas asistidas, la cantidad de causas y la actuación de este Ministerio Público en las distintas jurisdicciones del país.
El día 6 de noviembre se le hizo saber que, habiendo transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde que se efectuó la consulta, se procedió al archivo del presente expediente; sin perjuicio de la posibilidad de realizar un nuevo pedido en el futuro (Conf. el Art. 6º, párrafos quinto y sexto, del Reglamento Interno para las solicitudes de AIP en el MPD, aprobado por Res. DGN N° 1423/2018)

 

Fecha de solicitud: 14/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 236/17
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 14/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 236/17

 

Fecha de solicitud: 14/10/2020
Solicitante: Particular
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 1834/17
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 15/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 1834/17

 

Fecha de solicitud: 15/10/2020
Solicitante: Particular
Tipo de Información solicitada: Solicita que se le informe si existe alguna resolución de la Defensora General de la Nación que obligue a las Defensorías de Primera Instancia en lo Civil a utilizar el sistema Lex100 del Poder Judicial de la Nación para la presentación de sus dictámenes de conformidad con previsto por la Ac. 31/2020 CSJN; en caso afirmativo, solicita que se le brinde el texto de esa resolución y, en caso contrario, consulta si se encuentra vigente y es de caracter obligatorio para las Defensorías de Primera Instancia en lo Civil el cumplimiento de la Resolución DGN Nº 1512/13. Y solicita que se le informe si las Defensorías de Primera Instancia en lo Civil cuentan con casillas de correo electrónico institucional con dominio @mpd.gov.ar.
Vía de comunicación utilizada: Correo electrónico
Plazo de respuesta: 23/10/2020
Respuesta: Se le informó, por un lado, que no existe una disposición general que reglamente específicamente lo previsto por la Acordada de la CSJN N° 31/2020 para ninguno de los/as integrantes de este Ministerio Público de la Defensa.
Por otra parte, la Resolución DGN N° 1512/13, continúa vigente y establece el carácter obligatorio “…del procedimiento de registración en el Sistema de Notificaciones Electrónicas dispuesto mediante las Acordadas CSJN 31/11, 3/12, 29/12, 35/13, 36/13 y 38/13) para todas/os las/os Magistradas/os y Funcionarias/os del Ministerio Público de la Defensa que ejerzan la defensa de una persona o sean parte en un proceso de modo permanente; y/o integren la nómina de profesionales designados en el Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos (Res. DGN N° 349/13)”.
Al respecto, la presente reglamentación debe de ser interpretada a la luz del ámbito funcional en que se desempeña el/la Magistrado/a y el/la Funcionario/a, toda vez que la obligatoriedad alcanza a aquellos integrantes del Ministerio Público de la Defensa que se desempeñen funciones compatibles con el Sistema de Notificaciones Electrónicas.
Por último, todos/as los/as empleados/as, funcionarios/as y magistrados/as del Ministerio Público de la Defensa -con excepción de la categoría escalafonaria de Servicios Auxiliares- poseen correo electrónico institucional y solamente algunas dependencias (Defensorías, Unidades, Secretarías, Programas y Comisiones) poseen un correo electrónico institucional o una cuenta de distribución entre los/as integrantes de los mismos.

 

Fecha de solicitud: 21/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 733/01
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 21/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 733/01

 

Fecha de solicitud: 21/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 1248/16
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 21/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 1248/16

 

Fecha de solicitud: 22/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 501/20
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 22/10/2020
Respuesta: Resolución DGN Nº 501/20

 

Fecha de solicitud: 23/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN que recomienda que se observen las previsiones del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, al momento de celebrar acuerdos de juicio abreviado por montos mayores a 6 años.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 23/10/2020
Respuesta: Se remitió la Resolución DGN Nº 721/17

 

Fecha de solicitud: 27/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Resolución DGN Nº 914/13 y sus modificatorias.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 29/10/2020
Respuesta: Se remitió la Resolución DGN Nº 914/13 y sus modificatorias Resoluciones DGN Nros. 917/14, 1523/15, 983/16, 1452/17 y 1873/17.

 

Fecha de solicitud: 27/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Solicita las consignas y los exámenes de los procedimientos para el ingreso al Agrupamiento Técnico Jurídico Nros. 159 y 160 del MPD.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 05/11/2020
Respuesta: Se entregó la información solicitada en la sede de la Secretaría de Concursos en un dispositivo de almacenamiento digital. Y se informó a esta dependencia que "Con respecto a la solicitud de todos los archivos entregados al peticionante por parte de la Secretaria de Coordinación, se pone en su conocimiento que resulta materialmente imposible por el peso de los mismos, remitir dicha documentación o subirla al portal del organismo."

 

Fecha de solicitud: 27/10/2020
Solicitante: Asociación civil
Tipo de Información solicitada: Solicita la siguiente información 1. Si desde el inicio del ASPO a la fecha el órgano nacional de revisión de salud mental ha realizado inspecciones en establecimientos de salud mental públicos y privados de la CABA, tendientes a supervisar las condiciones de internación por razones de salud mental (incluyendo la comunicación y contacto con familiares y otras personas fuera de la institución), y tendientes a controlar el cumplimiento de protocolos adecuados dentro de los hospitales, para resguardar la salud y los demás derechos humanos de las personas internadas. 2.- En el caso de que se hayan realizado inspecciones o visitas, indique las fechas de dichos controles, y acompañe todos los informes realizados como resultado de las visitas, las observaciones y recomendaciones realizadas a cada una de las instituciones, y todo informe elaborado del que surja cuáles son las condiciones de internación (incluyendo la comunicación y contacto con familiares y otras personas fuera de la institución), y en qué medida cada una de las instituciones da cumplimiento a los protocolos necesarios para resguardar la salud y los demás derechos humanos de las personas en instituciones de salud mental. 3.- Detalle todas las demás acciones realizadas para controlar las condiciones de internación por razones de salud mental, tanto en el ámbito público como en el privado de CABA, y tendientes a supervisar el cumplimiento de protocolos adecuados para resguardar los derechos humanos de las personas internadas en establecimientos de salud mental (incluyendo la comunicación y contacto con familiares y otras personas fuera de la institución). Acompañe los informes y observaciones realizados como resultado de dichas acciones, detallando qué observaciones se han realizado en relación con cada una de las instituciones de salud mental, así como las recomendaciones y otras acciones realizadas en cada caso. 4.- Si desde el inicio del ASPO se han recibido denuncias por las condiciones de internación o el incumplimiento de protocolos adecuados en hospitales públicos y privados. Indique cuántas denuncias se han recibido, en qué fechas y en relación con qué hospitales e instituciones, señalando además los motivos de las denuncias. 5.- Cuántos casos positivos de COVID 19 han sido informados al órgano desde el inicio del ASPO, en las instituciones de salud mental de la CABA, detallando en qué instituciones y las fechas. 6.- Si cuenta con información sobre las acciones desarrolladas en cada provincia, tendientes a supervisar las condiciones de internación por razones de salud mental (incluyendo la comunicación y contacto con familiares y otras personas fuera de la institución), y tendientes a controlar el cumplimiento de protocolos adecuados dentro de los hospitales, para resguardar la salud y los demás derechos humanos de las personas internadas en establecimientos de salud mental. En caso afirmativo, acompañe la información con la que cuenta.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 10/11/2020
Respuesta: Se le hizo saber que, en atención a lo informado por la Secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental (ORN), a fin de hacer saber que desde el 19 de marzo hasta la fecha se ofició, publicó comunicados y realizó una recomendación -aprobada mediante Resolución SE N°1/2020- para el tratamiento del abordaje de la pandemia por COVID-19. Dicha recomendación fue dada a conocer y enviada a las Direcciones provinciales de Salud Mental, a los Superiores Tribunales de Justicia, a las Secretarías provinciales de DDHH, a los juzgados intervinientes y a los Ministerios Públicos y Defensorías Generales provinciales.
De forma diaria, se realizaron supervisiones y seguimientos tanto en el ámbito público como en el privado de modo remoto (frente a la situación de aislamiento), garantizado la comunicación y realizando acciones concretas tales como: el reclamo de las líneas telefónicas en los hospitales Moyano y Borda, el acondicionamiento de cajeros automáticos para la percepción de los salarios y los subsidios de las personas internadas, la obtención de celulares y la construcción de un corredor epidemiológico para el encuentro entre las personas internadas y sus familiares y allegados los cuales se implementaron en la entrada y en el parque del Hospital Moyano.
En distintas etapas de la aplicación de los protocolos y luego del decreto presidencial que incluyó la salida de personas con discapacidad hasta 500 metros, muchos usuarios y usuarias salieron, mediante diferentes gestiones, con sus acompañantes tal cual lo dispusieron las medidas establecidas.
A raíz de todo esto, la Secretaria Ejecutiva del ORN mantuvo reuniones de trabajo con las autoridades del GCBA (Ministro de Salud, Director General de Salud Mental y directores de los hospitales monovalentes de la CABA) con el fin de, por un lado, controlar la garantía de cumplimiento de los derechos de las personas internadas por motivos de salud mental establecidas en la ley 26.657 y, por otro, supervisar el efectivo establecimiento de protocolos de detección temprana de COVID-19 en los 4 hospitales públicos de la CABA. Asimismo, en el caso del Hospital Alvear se mantuvieron reuniones semanales con su director para abordar cuestiones específicas de dicha institución. Tanto las reuniones con autoridades del GCBA como con el director del Hospital Alvear se siguen llevando a cabo al día de la fecha. En el ámbito privado se llevaron a cabo monitoreos por parte de cada uno de los/as integrantes de la Secretaría Ejecutiva del ORN. De forma diaria y semanal cada uno/a relevó la situación de un hospital general y de clínicas privadas t se tuvo en cuenta la evolución y la emergencia de cada situación en torno a la existencia de personas infectadas, derivaciones realizadas y aplicación de los protocolos de atención por COVID-19. Asimismo, se asistió de forma presencial a los hospitales Moyano y Borda para constatar la existencia y el funcionamiento de todas las áreas de atención por COVID-19, Unidades Febriles de Urgencia (UFU) y Unidades Transitorias de Atención (UTA) así como las salas COVID-19.
Por otra parte, se supervisaron los traslados a los hospitales generales de las personas infectadas como así también el acceso a la práctica terapéutica de aplicación de plasma en los casos en que fuera requerido, constatando que todos tuvieran acceso a ese tratamiento en los casos correspondientes.

SITUACIÓN DE CASOS COVID-19 DETECTADOS

Hospital Borda
COVID
-PCR del Htal. Borda (pacientes y personal): 1268, de las cuales 211 fueron detectables (porcentaje de positividad 16,64%)
-Cantidad de personal detectable: 78.
-Cantidad de pacientes detectables: 88 (6 no pasaron por sala COVID)
-Pacientes que pasaron por sala COVID del Htal. Borda: 104, de los cuales 22 fueron externos.
-Pacientes actualmente en sala COVID: 1
-Pacientes fallecidos: 2
-Cantidad de pacientes que pasaron por sala covid B (sospechosos): 30 de los cuales ninguno fue detectable.

TEST RÁPIDOS
-Cantidad de test rápidos realizados a personal del Borda: 12037
-IgG + 102 de las cuales 12 tuvieron PCR detectable.
-IgM + 39, de las cuales 2 tuvieron PCR detectable.
-IgM e IgG + 74, de las cuales 4 tuvieron PCR detectable

Hospital Moyano
Personas internadas e ingresos a internación que resultaron COVID-19 positivo: 83 mujeres.
De las 83 mujeres:
- 14 son ingresos a la internación
Fallecidas con o a consecuencia del COVID-19: 5 mujeres:
Sala COVID-19 del Moyano: al 6-11. No cuenta con usuarias con COVID-19 positivo.
Permanecen en la sala 3 mujeres que ya negativizaron el COVID-19 (2 de ellas para observar su recuperación y 1 a las espera de derivación a un hogar).
Al 06-11 permanecen dos mujeres derivadas a hospital general
Mujeres con COVID-19 derivadas de otros hospitales o efectores para alojarse en sala covid: 5 casos. (no están incluidas en los 83 correspondientes a personas internadas en el Moyano e ingresos a la internación).

Hospital Tobar García
3 casos en total
2 con síntomas que fueron internados.
1 fue aislado con un familiar en hotel.

Hospital Alvear
En el caso del Hospital Alvear, se constató que, de las 45 personas internadas, no hubo ningún contagio. En guardia hubo dos situaciones que se derivaron al Moyano y los casos confirmados han sido de profesionales y trabajadores.

Clínicas privadas y hospitales generales
En cuanto a la situación en clínicas privadas y hospitales generales, se relevaron los siguientes casos positivos de COVID-19 y de fallecimientos:
Clínicas: Dharma 7 pacientes COVID positivo; Santa Rosa 7; Frenopático 23 (3 fallecidos); Flores 17 (1 fallecido); Las Heras 1; Moravia 3 (1 fallecido), Gradiva 28.
Hospitales Generales: Churruca 1; Italiano 1; Clínicas 1 (1 fallecido); Piñero 4; Penna 1; Ramos Mejía 1; Güemes 2 (1 fallecido); Zubizarreta 1.

Situación a nivel nacional
A nivel nacional, y posteriormente a la realización del relevamiento que se adjunta, la situación de las provincias comenzó a agravarse. No obstante ello, se mantuvo el mismo nivel de supervisión y monitoreo que oportunamente fuera relevado.

Información complementaria enviada en la presentación:
-Resolución SE N°1/2020
-Relevamiento nacional
-Documento elaborado por el Equipo Técnico de la SE del ORN
-Informe: Internación en instituciones monovalentes de salud mental en el contexto del COVID-19.
-Informe institucional del Htal. T. García
-Oficios enviados a autoridades
-Comunicados realizados por la SE del ORN

Por último, en el caso de requerir mayor información se deja constancia de que el amparo tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia en lo contencioso administrativo y tributario N° 12 AUTOS: "CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES (CELS) C/GCBA S/ AMPARO – SALUD – OTROS", reúne toda la información aquí volcada.

 

Fecha de solicitud: 30/10/2020
Solicitante: Perteneciente al Sector Público
Tipo de Información solicitada: Solicita el correo electrónico de la Defensoría Pública de Menores e Incapaces N° 6 ante los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo.
Vía de comunicación utilizada: Formulario del Portal Web
Plazo de respuesta: 30/10/2020
Respuesta: Se comunicó que el correo electrónico solicitado es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.